lunes, 24 de noviembre de 2014

EL DEFENSOR DEL PUEBLO ADMITE A TRAMITE LA QUEJA PRESENTA POR INTERSINDICAL CANARIA CONTRA LA DIRECCIÓN GENERAL POR NO ABONAR EL 100 % DE LAS RETRIBUCIONES DE LOS FUNCIONARIOS DE CARRERA A PARTIR DEL DÍA 181 DE BAJA

El Defensor del pueblo admite  a  trámite la  QUEJA presentada por INTERSINDICAL CANARIA con la  DGRAJ por no abonar  el  100% por no abonar    el 100 % de las    retribuciones  de los funcionarios de carrera a partir del día 181 de baja, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 504.5 de la L.O.P.J, en la redacción dada por la L.O. 8/2012, de 27 de diciembre, que establece que " en ningún caso los funcionarios adscritos a los regímenes especiales de  seguridad social gestionados por el mutualismo administrativo podrán percibir una cantidad inferior   en situación de incapacidad temporal por contingencias comunes a la que corresponda a funcionarios adscritos al régimen general de la seguridad social, incluidos, en su caso, los complementos que resulten de aplicación."