Como
recordarán, INTERSINDICAL
CANARIA ha
intentado por todos los medios una salida negociada que redundase en
el abono de las cantidades adeudadas a nuestros compañeros Gestores
que han ostentado delegación de firma en los Registros Civiles, todo
con amparo jurídico en una sentencia ganada
al respecto por los Servicios Jurídicos de nuestro sindicato en los
Juzgados de Lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife.
En nuestra
última conversación con la Directora General, se nos comunica que
no hay posibilidad de acuerdo al respecto, toda vez que existe una
sentencia contradictoria dictada en los Juzgados de Las Palmas para
un caso idéntico al que INTERSINDICAL CANARIA ganó en Tenerife (a
pesar de que advertimos a los afectados que no pusieran más
demandas, porque ya había una a nuestro favor).
Por tanto, y fieles una vez
más a nuestros compromisos, les facilitamos los datos del
procedimiento respecto al cual deben pedir Extensión de Efectos los
afectados que reúnan los requisitos para ello. Los datos son los
siguientes:
-JUZGADO
DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº DOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE.
-Nº DE PROCEDIMIENTO:
307/14.
-PLAZO LÍMITE PARA
PRESENTAR LAS EXTENSIONES: 15 DE SEPTIEMBE DE 2016.
Asimismo,
informamos que a los afiliados de INTERSINDICAL
CANARIA les
tramitaremos gratuitamente
las Extensiones de Efectos que
demanden.
Como verán, intentamos
negociarlo todo hasta donde sea posible, y sólo recurrimos a la vía
jurídica cuando se ha agotado la vía de la negociación, como
sucede con el caso que nos ocupa.