jueves, 22 de junio de 2017

REGISTRO CIVIL: EL MINISTERIO DE JUSTICIA PRESENTA UNA PROPUESTA DE ACUERDO QUE SIGUE SIN RESPONDER A LOS PRINCIPALES PROBLEMAS DEL REGISTRO CIVIL.

En el día de ayer se ha celebrado en el Ministerio de Justicia reunión de Mesa Específica de Negociación del Ámbito de la Administración de Justicia .

Con carácter previo a dicha reunión el Ministerio había remitido a las organizaciones sindicales con representación en la mesa del Ministerio de Justicia un borrador de Acuerdo que se sustenta, fundamentalmente y de forma resumida, en una configuración del Registro Civil basada en los siguientes puntos:

1) Único, público, gratuito, para toda España y asignado íntegramente a personal funcionario de la Administración de Justicia.

2) Electrónico, mediante una plataforma tecnológica adecuada basada en el folio único personal.

3) Integrado en la Administración de Justicia y velando el Ministerio por el mantenimiento de la estructura actual, con oficinas en cada partido judicial, y de las funciones delegadas de los Juzgados de Paz.

4) Desjudicializado, servido por funcionarios de justicia y teniendo como encargados a los Letrados de la Administración de Justicia.

5) Compromiso de presentar un proyecto de modificación de la Ley 20/11 conforme a lo expuesto en los puntos anteriores.

Dicha propuesta adolece de los mismos problemas que hemos denunciado en ocasiones anteriores. Se repite nuevamente, de forma más escueta, lo ya manifestado por el Ministro de Justicia en dos ocasiones. Declaraciones, manifestaciones y propuestas que siguen sin resolver los siguientes problemas:

1.No se asegura la continuidad de TODAS las oficinas de Registro Civil de TODOS los partidos judiciales. Pues, una vez entré en vigor el nuevo sistema de folio único personal, no existe una garantía que asegure el mantenimiento de dichas oficinas, dado que únicamente se afirma que “se velará” por su mantenimiento (si bien reconocieron después que dicha expresión podría modificarse), algo que no es más que una mera declaración de intenciones sin valor alguno. Ya vimos antes, con un compromiso inicial incluso más claro que éste, que en el texto que desarrollaba dicho punto el mantenimiento posterior de TODAS las oficinas quedaba en manos de las CCAA sin que existiera garantía alguna de su permanencia futura.
No se garantiza el mantenimiento de TODOS los puestos de trabajo de los compañeros/as destinados en dichos destinos.

2. No se reconoce ni asegura el mantenimiento, potenciación y mejora, tal como solicitamos, de las funciones atribuidas a los JUZGADOS DE PAZ en materia de Registro Civil, pues una vez entre en vigor la Ley 20/11, ésta sólo se refiere a ellos como órganos para la recepción de solicitudes y documentos. (Disposición Adicional Quinta).

3. No se toma ni se propone medida alguna para revertir el proceso de PRIVATIZACIÓN ENCUBIERTA DE FUNCIONES que se ha venido realizando en los últimos años, especialmente, en dos cuestiones:
NACIONALIDADES POR RESIDENCIA: Donde no se acuerda medida alguna, ni parece que exista la menor intención para ello, para regular la intervención de las oficinas de Registro Civil, sin perjuicio de la naturaleza electrónica del procedimiento, en muchos de sus trámites principales (presentación de solicitudes, su digitalización, cotejo de documentos, asesoramiento a los solicitantes, etc.). Cuestiones sobre las que; sin embargo, no ha habido ningún pudor en dejarlas en las manos de los intereses económicos particulares de diversos colectivos (procuradores, asesores, gestores, etc.). De hecho ni siquiera manifiestan su conformidad a posponer la entrada en vigor del nuevo procedimiento durante un año más tal como hemos solicitado.

MATRIMONIOS ANTE NOTARIOS: Tampoco manifiestan intención alguna de revertir las competencias otorgadas a los notarios para la celebración de los enlaces matrimoniales, y próximamente para la tramitación de los expedientes matrimoniales -ésta sí prorrogada su entrada en vigor hasta julio del 2018-, tal como hemos solicitado reiteradamente en todo este proceso negociador.

4.-Tampoco se establece garantía alguna para impedir o evitar que dicho proceso de progresivo deterioro de las funciones atribuidas a las oficinas de Registro Civil pueda repetirse o ampliarse en un futuro.

El Ministerio ha manifestado que la próxima semana para seguir intentando avanzar posturas. Difícil nos parece sino se produce un cambio radical en sus planteamientos.