miércoles, 3 de diciembre de 2014

INFORMA ANTICIPO REINTEGRABLE

EN RELACIÓN A LOS ANTICIPOS REINTEGRABLES DEBES SABER QUE:
1.- La Disposición Adicional Trigésimo Novena del proyecto de Ley  Presupuesto de Canarias para el 2015 habilitó que el personal al servicio del sector público con presupuesto limitativo tendrá derecho a percibir los anticipos reintegrables.
2.- Tal disposición establece un importe de hasta dos mensualidades íntegras de sus retribuciones fijas y periódicas, hasta un máximo de 3.000 euros, amortizándose éste a partir del mes siguiente de su concesión y en un plazo máximo de dieciocho meses, y en todo caso dentro del plazo previsto par a su cese, en el supuesto de nombramientos con un periodo de duración determinado.
3.- Se estableció una partida fija de 35 millones de euros.
4.- El criterio para la asignación de los anticipos en caso de insuficiencia para atender todas las solicitudes será el de la fecha y hora de entrada en el Registro, resolviéndose, en caso de igualdad de derecho, en favor de las peticiones de importe inferior
ADEMÁS DEBES SABER QUE:
A.- A fecha de hoy no tenemos noticias de las instrucciones necesarias que debe dictar la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad para la ejecución y materialización del anticipo reintegrable.
B.- Hechos los cálculos sólo podrán pedir los anticipos reintegrables aproximadamente el 18% de los empleados y empleadas públicas. Lo que supone una merma sustancial del derecho que teníamos reconocido hasta hace tres años.
C.- Intersindical Canaria ha hecho una propuesta a la Dirección General de la Función Pública y a la Viceconsejería de Hacienda y  Planificación que cubre dos escenarios en relación a la Gestión del anticipo reintegrable:
1.- Que el anticipo reintegrable no tenga límite presupuestario y que se le conceda a los trabajadores y trabajadoras según lo soliciten, según se recoge en los derechos que establece el Convenio Colectivo y el resto de las Leyes.

2.- Que la partida de 35 millones de euros destinada por el Gobierno para el anticipo reintegrable sea una partida dinámica. Eso quiere decir que una vez anticipado el 100% de la partida, cuando empiecen a recuperarse las devoluciones, se genere un fondo mensual que servirá para atender nuevas peticiones de anticipos reintegrables. Eso supondrá que cada mes el Gobierno contaría con recursos económicos, sin salirse de la partida prevista en los presupuestos, para atender las solicitudes que pudieran ser desechadas en primera instancia y conseguir que el citado anticipo llegue al menos al 35% de los empleados públicos este primer año.