lunes, 25 de enero de 2016

PRESUNTA DEVOLUCIÓN DE LOS 9 DÍAS DE ASUNTOS PROPIOS Y OTROS ASPECTOS: LO QUE DICE EL ACUERDO ES SÓLO PAPEL MOJADO

El pasado día 22 de enero de 2016, viernes,  se publico en el BOE  m LA Resolución de 20 de enero de 2016, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se publica el Acuerdo entre elMinisterio de Justicia y las organizaciones sindicales más representativas enel ámbito de la Administración de Justicia., CSI·F, STAJ, CC.OO y UGT  y que no firmaron ni ELA ni Intersindical Galega.
Una vez que todos/as hayan podido leer el texto de dicho Acuerdo, desde INTERSINDICAL CANARIA sacamos las siguientes conclusiones al respecto:
El Acuerdo es aplicable de forma completa en el ámbito de competencias de Ministerio y sólo en parte a las CCAA transferidas (entre ellas, Canarias).
En este sentido, a las Comunidades con transferencias les afectan los siguientes puntos (que son los que nos afectarían a quienes prestamos servicio en la Administración de Justicia en Canarias):
-Punto cuarto: el Ministerio se compromete (pero no aplica) a impulsar una modificación del art. 503 de la LOPJ, cuando el calendario legislativo lo permita (¡a ver cuándo...!), de forma que vuelva a recoger los 9 días de asuntos particulares, en vez de los 6 actuales.
El Ministerio de Justicia se compromete con las organizaciones sindicales a impulsar una modificación del tenor actual del artículo 503 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en cuanto el calendario legislativo lo permita, con el propósito de recuperar su versión vigente con anterioridad a la promulgación de la Ley Orgánica 8/2012, de 27 de diciembre, de medidas de eficiencia presupuestaria en la Administración de Justicia; medidas que, como señaló su Exposición de Motivos, tenían carácter temporal mientras subsistieran las circunstancias económicas y financieras excepcionales.

-Punto séptimo: el Ministerio se compromete (pero no aplica) a impulsar la corrección de cualquier incidencia que haya generado errores u omisión del cotizaciones del personal interino.
 “El Ministerio de Justicia se compromete a seguir impulsando la corrección de cualquier incidencia que, acaecida en legislaturas pasadas, pudo haber generado errores u omisiones en las cotizaciones de Seguridad Social del personal que en ese momento era interino, continuando la labor emprendida hasta el momento en la búsqueda de soluciones globales y definitivas.”

-Punto octavo: el Ministerio se compromete (pero no garantiza) a mantener una oferta pública de empleo semejante a la de 2015 y 2016.
“El Ministerio de Justicia se compromete a mantener, como se hizo en 2015 y se contempla para el año 2016, una oferta pública de empleo estable que permita seguir avanzando en el objetivo común de lograr la mayor profesionalización posible en los integrantes de la oficina judicial. Con ello se garantizará la incorporación del personal mediante la garantía de calidad que supone las actuales fórmulas de ingreso, dotando a las oficinas judiciales creadas, o que se creen, de la estabilidad y continuidad exigibles para el desarrollo de la función de apoyo al Poder al que sirven.”
-Punto décimo: el Ministerio se compromete (una vez más sólo “se compromete”) a trasladar este Acuerdo a las CCAA con competencias (Canarias entre ellas).
“El Ministerio de Justicia se compromete a trasladar el contenido de este acuerdo a las Comunidades Autónomas con competencias en materia de Justicia en el seno de la Conferencia Sectorial.”
Como pueden ver una auténtica tomadura de pelo:

Sinceramente, creemos que sobran más comentarios sobre esta miseria…. Una vez más, INTERSINDICAL CANARIA NO MIENTE: lo dicho: tienen en el BOE del día 22 de enero de 2016 el texto completo de este inútil Acuerdo para que cada uno/a saque sus propias conclusiones.

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